¿Pueden los hijos reclamarle la cuota alimentaria a su padre y a su madre?

Cuando los hijos no conviven con sus padres tienen la oportunidad de demandar por alimentos a sus progenitores

Actualidad01/10/2024
cuota-alimentaria-3-560x416

Para facilitar el pago de la cuota y haciendo uso de las nuevas tecnologías, el adolescente recibirá el dinero de forma directa en la cuenta que tiene en una billetera virtual.

Cuando los hijos no conviven con sus padres tienen la oportunidad de demandar por alimentos a sus progenitores. La mediación es una alternativa rápida y sencilla para alcanzar un acuerdo y garantizar los derechos los niños, niñas y adolescentes.

Por distintas circunstancias de la vida, Santino, un adolescente de 16 años, vive hace muchos años con su abuela de casi 90 años. Quedó a cargo de Juana, quien además de brindarle amor, le da todos los cuidados necesarios y le brinda, con lo que está su alcance y en la medida de sus posibilidades, lo que necesita para vivir y estudiar.

Tanto su papá como su mamá, se habían desentendido de la parte económica y del sustento que requería su hijo. Es que tras la ruptura de esa pareja hace unos trece años, el niño quedó con un tiempo con la madre hasta que se mudó con Juana.

La situación económica familiar no es sencilla, entonces Santino se hizo presente en la sede de la defensa pública para poder asesorarse e iniciar un proceso judicial para reclamar el pago de alimentos.

Allí, le explicaron que él no sólo tenía derecho a realizar el reclamo, sino que además, a pesar de ser menor de edad, podía impulsarlo él mismo. Esto se basa en un principio que se llama “autonomía progresiva”, pero que en palabras sencillas quiere decir que mientras más crece un chico o una chicas, más posibilidades tiene de tomar decisiones sobre su vida, su cuerpo e incluso de presentar demandas ante un juez para que sus opiniones sean escuchadas.

El caso fue derivado a la defensa de métodos alternativos de resolución de conflictos que lo asistió durante el proceso. Iniciaron un requerimiento de mediación que - con el trabajo facilitador de la mediadora a cargo - permitieron alcanzar un acuerdo

Si bien existieron algunos inconvenientes para concretar las reuniones, las mismas tuvieron resultados positivos y se alcanzó un acuerdo que obliga al progenitor y la progenitora a abonarle a Santino un porcentaje del salario mínimo vital y móvil todos los meses. Más allá que en la ley el nombre de esa obligación económica se denomina “alimentos”, los aportes económicos tienen en cuenta también otros aspectos como la vestimenta y la recreación.

Cabe aclarar que los nombres utilizados en la nota son ficticios para resguardar la identidad de las personas involucradas, pero los hechos descriptos son reales.

Te puede interesar
Lo más visto