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En la actualidad, 82 por ciento móvil representa un complemento de la jubilación mínima
Actualidad14/08/2024La historia cuenta que el 14 de agosto de 1958 se abrió la primera sesión en la Cámara de Diputados de la Nación para tratar la primera ley de movilidad de las prestaciones jubilatorias. El objetivo era el de reconocer el derecho de los jubilados a percibir como haber el 82 por ciento del salario que ganaba en actividad. Esa ley fue sancionada el 27 de septiembre de ese año y publicada en Boletín Oficial el 17 de octubre.
Sin embargo, con el correr de los años, esa ley no se aplicó de acuerdo al espíritu de la normativa original y lo cierto es que son pocos los países del mundo en los cuales la tasa de sustitución o relación entre monto del haber jubilatorio y salarios sea aproximada al 82 por ciento.
En 2017, el Gobierno Nacional publicó en un artículo en el sitio web de la Casa Rosada titulado Programa Nacional de Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados: “¿Por qué no pagan el 82% móvil? En este momento, la jubilación mínima es casi el 82% del salario mínimo. El gobierno propone solucionar y dar prioridad a las deudas históricas, y propone también ajustar los haberes a futuro de acuerdo a lo que marca la ley. Con estos ajustes los valores promedio quedan muy cerca del 82%”.
El 82 por ciento móvil hoy representa un complemento para aquellos jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo.
¿Qué jubilados cobran el 82% móvil?
Según el Ministerio de Capital Humano, el 82 por ciento del salario mínimo hoy representa un complemento destinado a titulares de jubilaciones y pensiones con haberes mínimos que hayan acreditado 30 años de aportes efectivos. Si bien este importe varía de acuerdo al caso, el objetivo es que logre cubrir el faltante hasta llegar a la suma que represente el 82 por ciento del importe del Salario Mínimo, Vital y Móvil actual, que hoy es de 262.432,93 pesos.
En marzo de 2024, ese Ministerio detalló que a los jubilados que perciben el haber mínimo se les abonará un bono y “el complemento al 82% del salario mínimo de hasta $31.851 destinado a titulares de jubilaciones y pensiones con haberes mínimos que hayan acreditado 30 años de aportes efectivos (sin moratoria)”.
En su portal oficial, la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) detalla que en el recibo de jubilación o pensión se encuentra el ítem denominado Retro Suplemento dinerario, que “es la diferencia entre el haber percibido y el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil, para quienes se hayan jubilado con los años de aportes efectivos para obtener la PBU (Prestación Básica Universal). Incluye a las pensiones derivadas de dichos beneficios”.
¿Cómo se calcula el 82% móvil para jubilados?
Cabe recordar que luego de la sanción de la ley 27.426, se incorporó el pago de un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil.
Según la resolución 13/23, el Salario Mínimo, Vital y Móvil a partir del 1ro de agosto será de 262.432,93 pesos. Asimismo, la Prestación por Desempleo monto mínimo será de $ 131.216,465 y la Prestación por Desempleo monto máximo quedó establecida en $ 262.432,93. En la mencionada resolución, también quedó determinado que, en septiembre de 2024, el SMVyM será de 268.056,50 pesos y desde octubre de 2024 el importe será de $ 271.571,22 pesos.
El Salario Mínimo, Vital y Móvil estipulado para agosto es de 262.432,93 pesos.
Para el mes de agosto de 2024, Anses informó que las jubilaciones, pensiones y asignaciones recibirán un aumento del 4,58%. De esta forma, la jubilación mínima será de $225.454,42, a lo que se le sumará un bono de $70.000, por lo que estos titulares recibirán un total de $295.454,42
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